Hablemos de: Copyright
En esta ocasión, te explicamos el funcionamiento de uno de los pilares de la industria musical
¿Estás pensando en lanzar tu música próximamente? Entonces no te pierdas esta información, en donde hablaremos sobre los derechos de autor, el copyright y sus diferentes tipos, además de las asociaciones para registrar tu música efectivamente y tener total libertad de licencia.
Un poco de historia
Desde la antigüedad, los derechos de autor siempre han sido tema de conversación; la primera vez que entró en ley, fue en Inglaterra en 1709, gracias a la Royal Patent, la cual permitía por un periodo de 14 años renovables, tener total libertad para reproducir obras de autoría.
Si bien, el negocio de la música cambia constantemente, es importante tener un panorama de cómo ciertas acciones constituyen los pilares hoy en día.
De pasar por la imprenta de partituras para replicar la música en casa, hasta la institución de la primera casa de publishing fundada en 1851 en Francia (SACEM); hoy en día nos encontramos con un negocio establecido en la legalidad en todo momento y por ello, es necesario entender también sus diferentes vertientes.
Las ideas no son efecto de copyright
Seguramente, muchas veces te preguntarás si una progresión repetida múltiples veces es objeto de ilegalidad, o si la idea que tuviste pero que sólo quedó en tu cabeza merece tener derechos de autor…
La realidad es que según las múltiples legislaciones que se han hecho a lo largo de la historia musical, y vaya que son muchas, indican que una idea no puede ser objeto de copyright, al menos que sea tangible.
Así que si tienes la próxima Joyita Emergente para mostrarnos, lo mejor es que quede resguardada en una libreta, algún cassette, grabación, entre otros; porque siguiendo el principio: “Si una obra es tangible, por lo tanto es acreedora a copyright, aún si no se encuentre registrada”.
Diferentes tipos de copyright
En la actualidad, existen dos tipos de copyright, los cuales los puedes reconocer por la siguiente simbología: © y Ⓟ. ¿Tienes idea de qué significan y para qué se usan? Te lo dejamos por acá:
Music Composition © |
Music Recording Ⓟ |
Utilizada por compositores o publishers. |
Utilizada por mezcladores, ingenieros de audio y los encargados de grabar una obra musical. |
El acreedor de este tipo de licencia tiene la posibilidad de reproducir mecánicamente la obra, ya sea en CD, digitalmente, etc. |
Mientras más grabaciones que una misma obra tenga, se deberán de obtener más licencias de copyright. |
Con esta licencia, se puede distribuir la obra en todas las plataformas disponibles. |
El acreedor de esta licencia podrá usar el máster de la obra. |
¿Cuánto tiempo duran los derechos de autor?
Si te preguntabas si tu obra estaría protegida por los 14 años que dictaba la Royal Patent del pasado, no te preocupes; con las nuevas regulaciones y a partir del 1 de enero de 1978, todas las obras son cubiertas en el periodo de vida del autor + 70 años.
En dado caso de que fuera un trabajo por encargo o que entren en el anonimato, los años dados son de 95 a 120 años.
¿En qué instituciones puedo registrar mi obra?
Cada país tiene sus propias asociaciones encargadas de registrar y avalar los derechos de autor. En Estados Unidos, existen tres de ellas: ASCAP, SESAC Y BMI. Acá te dejamos los enlaces para los demás territorios: