
IA y derechos de autor: ¿qué dicen las sociedades de gestión colectiva?
¿Puede una obra generada por IA ser protegida por derechos de autor?
La irrupción de la inteligencia artificial en la creación musical ha abierto un debate urgente: ¿puede una obra generada por IA ser protegida por derechos de autor? Varias sociedades de gestión colectiva y organizaciones internacionales han comenzado a pronunciarse, dejando claro que, por ahora, la respuesta se inclina hacia la protección exclusiva de la creatividad humana. Aquí te contamos qué han dicho algunas de estas organizaciones.
Los requisitos básicos del copyright
Empecemos por entender que para que una obra sea protegida por derechos de autor, debe cumplir cuatro principios fundamentales:
- Ser una expresión (no solo una idea).
- Demostrar originalidad, aunque sea mínima.
- Estar fijada en un soporte tangible.
- Y, sobre todo, requerir creación humana.
Estos puntos marcan la diferencia en la discusión actual sobre IA y copyright.
Ahora, ¿qué han dicho las Sociedades sobre las obras creadas con Inteligencia Artificial?
No todas las Sociedades de Gestión Colectiva se han pronunciado explícitamente sobre este debate. Algunas aún mantienen silencio oficial o están a la espera de marcos regulatorios más claros en sus países. Esto refleja que el tema sigue siendo nuevo y complejo, es un debate que aun no llega a una conclusión específica. A continuación encontrarás lo que han dicho algunas de las sociedades que han fijado una postura clara:
SAYCO (Colombia): tolerancia cero con la IA
La Sociedad de Autores y Compositores de Colombia (SAYCO) ha sido enfática: no gestionará obras creadas parcial o totalmente con IA generativa. Para SAYCO, la originalidad solo puede provenir del intelecto humano.
SACM (México): defensa en la Suprema Corte
La Sociedad de Autores y Compositores de México (SACM) también se pronunció, en el marco de un amparo ante la Suprema Corte que analiza si una obra de IA puede registrarse como propiedad intelectual. Su postura es clara: la creatividad y originalidad son cualidades exclusivas del ser humano. Reconocer a una IA como autora pondría en riesgo los derechos de los compositores.
SGAE (España): sin derechos para la IA
Antonio Onetti, presidente de la SGAE, ha afirmado que las obras creadas completamente por IA no son originales ni pueden ser registradas. Además, pidió establecer compensaciones económicas para los autores humanos, dado que muchos modelos de IA se entrenan con obras protegidas sin licencia.
BMI (Estados Unidos): postura alineada con la Copyright Office
Una de las sociedades más importantes de Estados Unidos, sostiene que:
- Obras totalmente generadas por IA no pueden ser protegidas por derechos de autor.
- Obras parcialmente creadas con IA podrían llegar a registrarse en el futuro, pero solo se protegerán los elementos aportados por un humano.
Actualmente, BMI no acepta registros de música generada parcial o totalmente por IA, y se reserva el derecho de eliminar obras de su repertorio si detecta un registro indebido.
CISAC: transparencia y respeto a la ley
La Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC), que agrupa a más de 225 sociedades en 116 países, ha pedido:
- Transparencia sobre qué obras se usan para entrenar modelos de IA.
- Que los creadores tengan la posibilidad de autorizar o rechazar ese uso.
- Que exista reconocimiento y remuneración justa para los autores cuyas obras hayan sido usadas para entrenar modelos de IA.
En octubre de 2024, CISAC apoyó una declaración firmada por más de 15.000 creadores, advirtiendo que el entrenamiento no licenciado de IA amenaza seriamente la sostenibilidad de los autores.
¿Qué significa esto para los autores?
El consenso global es claro: la creatividad humana sigue siendo el núcleo del derecho de autor. Mientras tanto, las sociedades de gestión trabajan en definir reglas para un futuro donde la IA será parte del ecosistema musical, pero sin desplazar a los creadores.
En ONE Publishing entendemos la inteligencia artificial como una herramienta que, en la medida en que complemente la creatividad humana, puede aportar a los procesos artísticos y editoriales. Creemos que la base del derecho de autor siempre debe recaer en la autoría humana: es la creatividad de los compositores y autores la que merece ser protegida, registrada y monetizada.
En ese sentido, cuando la IA se usa como un apoyo dentro del proceso creativo, se mantiene dentro del espíritu que dio origen al derecho de autor. Sin embargo, cuando una obra es generada sin participación humana, debe recibir un tratamiento distinto, separado de la protección tradicional de los creadores. Este es un debate que aún se encuentra abierto y seguiremos atentos a las diferentes posturas y lineamientos que las sociedades y organismos internacionales definan en los próximos años.